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Subsecretaría de Industria, Comercio y Minería




Subsecretaría de Industria, Comercio y Minería
IMPORTACIONES
Disposición 75/2000
Modifícase el anexo de la Resolución Nº 174/2000-SICYM, con el fin de efectuar ajustes en el listado de posiciones arancelarias a los efectos de incorporar al monitoreo anticipado ciertas mercaderías importadas
Bs. As., 14/8/2000
VISTO el Expediente Nº 061-010478/99 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 17 de fecha 20 de enero de 1999 dispuso que a los efectos del cumplimiento del trámite de las solicitudes de destinación de importación para consumo, la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, podrá disponer la presentación del Formulario Informativo.
Que en el caso de solicitudes de destinación de importación para consumo que se cursen a través de aduanas con conexión al Sistema Informático María (SIM), el formulario mencionado en el Considerando anterior deberá ser registrado ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA adquiriendo la nueva denominación de LICENCIA AUTOMATICA PREVIA DE IMPORTACION (LAPI) establecida por Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 820 del 30 de junio de 1999.
Que a través de la Disposición de la ex-SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR Nº 9 de fecha 4 de febrero de 1999, modificada por la Disposición de la ex-SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR Nº 11 de fecha 1 de marzo de 1999, la Disposición de la ex-SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR Nº 24 del 25 de junio de 1999, la Disposición de la ex-SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR Nº 25 del 9 de agosto de 1999, la Disposición de la ex-SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR Nº 34 del 17 de setiembre de 1999, la Disposición de la ex-SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR Nº 36 del 27 de setiembre de 1999, la Disposición de la ex-SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR Nº 43 del 7 de diciembre de 1999 y la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 174 del 12 de abril de 2000, se determinó el listado de las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR que requerirían de la presentación del Formularios Informativo.
Que resulta conveniente efectuar ajustes en el listado de las posiciones arancelarias mencionadas en el Considerando precedente a los efectos de incorporar al monitoreo anticipado ciertas mercaderías importadas, así como también en los Capítulos oportunamente establecidos mediante la Resolución de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 59 de fecha 29 de enero de 1999.
Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente disposición se dicta en función de lo previsto en el Artículo 11 de la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 59 de fecha 29 de enero de 1999.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
DISPONE:
Artículo 1º — Sustitúyese el Anexo de la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 174 de fecha 12 de abril de 2000, por el que en OCHO (8) planillas, como Anexo, forma parte integrante de la presente disposición.
Art. 2º — La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Gonzalo Martínez Mosquera.
 








 
— FE DE ERRATAS —
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
Disposición Nº 75/2000
En la edición del 18 de agosto de 2000, en la que se publicó la mencionada Disposición, se registró en el Anexo, en una posición arancelaria, el siguiente error de imprenta:
DONDE DICE: 21021100
DEBE DECIR: 42021100
 
— FE DE ERRATAS —
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
DISPOSICION Nº 75/2000-SSICYM
En la edición del 18 de agosto de 2000, en la que se publicó la citada Disposición, se deslizaron en el Anexo, listado de posiciones arancelarias, los siguientes errores de imprenta:

















DONDE DICE

DEBE DECIR

49025310

48025310

22124020

72124020

22179000

72179000

72071920

73071920



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