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Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Disposición 595/2004 Suspéndese la convocatoria a licitación de cupos de crédito para bonificación de tasa efectuada mediante la Disposición Nº 50




Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Disposición 595/2004

Suspéndese la convocatoria a licitación de cupos de crédito para bonificación de tasa efectuada mediante la Disposición Nº 501/2004, en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas creado por el Decreto Nº 871/2003.

Bs. As., 9/12/2004

VISTO el Expediente Nº S01:0182586/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Disposición Nº 501 de fecha 24 de noviembre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la disposición mencionada en el Visto se convocó a las Entidades Financieras autorizadas a funcionar por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.) a la licitación de cupos de crédito para bonificación de tasas instituido según el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, creado por el Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000 y modificado por el Decreto Nº 871 de fecha 6 de octubre de 2003, la cual se realizaría el 10 de diciembre de 2004 a las TRECE Y TREINTA HORAS (13:30 hs.).

Que si bien diversas Entidades Financieras manifestaron su satisfacción por la convocatoria efectuada, se establece prorrogar la fecha dispuesta para la licitación de cupos de crédito y posibilitar de esa forma la debida comprensión de la línea de crédito a bonificar por parte de la totalidad de las Entidades Financieras, en el sentido de que el modo de financiamiento propuesto, prefinanciación de exportaciones en Pesos en lugar de la habitual operatoria en moneda extranjera, constituye una línea de crédito de similares características, dado que los instrumentos origen de la operación y garantía de la misma son los mismos en ambos casos, y se constituye en otra forma de financiamiento para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que en consecuencia y a los efectos antes mencionados se meritúa oportuno y conveniente suspender la licitación de cupos referida.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que esta Subsecretaría es competente para el dictado de la presente disposición, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 24.467, el Artículo 55 de la Ley Nº 25.300, el Artículo 5º del Decreto Nº 871 de fecha 6 de octubre de 2003, los Artículos 3º y 17 del Decreto Nº 943 de fecha 15 de septiembre de 1997 y el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
DISPONE:

Artículo 1º. — Suspéndese la convocatoria a licitación de cupos de crédito para bonificación de tasa efectuada mediante la Disposición Nº 501 de fecha 24 de noviembre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 2º. — La presente disposición entrará en vigencia a partir del momento de su publicación.

Art. 3º. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Federico I. Poli.

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