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Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Disposición 69/2005 Modifícase la Disposición Nº 423/2004, a fin de adecuar aspectos operativos y de procedimientos de la reglamentación de acceso




Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Disposición 69/2005

Modifícase la Disposición Nº 423/2004, a fin de adecuar aspectos operativos y de procedimientos de la reglamentación de acceso al Régimen de Crédito Fiscal.

Bs. As., 25/2/2005

VISTO el Expediente Nº S01:0038643/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, lo dispuesto en las Leyes Nros. 22.317, 25.300 y 25.967 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio, la Decisión Administrativa Nº 94 de fecha 31 de marzo de 2004, las Disposiciones Nros. 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 y 423 de fecha 15 de octubre de 2004 ambas de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999, se reglamentó el Régimen de Crédito Fiscal.

Que por la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se aprobó el REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A PRESENTACION Y EJECUCION DE PROYECTOS - año 2004, que, como ANEXO I, forma parte de la misma.

Que resulta necesario adecuar algunos aspectos operativos y de procedimientos de la reglamentación de acceso al Régimen de Crédito Fiscal aprobada por la mencionada disposición con el objeto de lograr una mejor y más ágil gestión del mismo.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
DISPONE:

Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 17 del Anexo I de la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por el siguiente:

"ARTICULO 17.- Las empresas que hubieren presentado en tiempo la documentación requerida por el Artículo 16 del presente reglamento podrán comenzar a ejecutar los cursos de capacitación a partir del día 4 de marzo de 2005, sin perjuicio de lo cual en el caso de que la Autoridad de Aplicación no aprobare el cumplimiento de lo establecido en el mencionado Artículo 16, no tendrán derecho a reintegro de honorarios, gastos, ni a compensación de ninguna índole a raíz de la presentación del proyecto y/o por el dictado de cursos.

La Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION comunicará a las empresas el resultado del análisis de la documentación presentada en virtud de lo establecido en el Artículo 16 del presente reglamento. En caso de que la documentación presentada resultare insatisfactoria se intimará su subsanación dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a contar a partir del día siguiente de la notificación. En los casos que se verifique la falta de presentación de la documentación o de presentación insuficiente no subsanada en tiempo y forma, la Autoridad de Aplicación podrá determinar la pérdida del cupo de Crédito Fiscal asignado".

Art. 2º — Sustitúyese el Artículo 19 del Anexo I de la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, por el siguiente:

"ARTICULO 19.- Para poder comenzar a ejecutar cursos se deberá proceder de la siguiente manera:

a) VIA INTERNET: Con una antelación de DIEZ (10) días hábiles a la fecha prevista para la ejecución de cada curso deberán completar electrónicamente Vía Internet el "Formulario de Notificación de Actividades" a través de la página "Web" de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION (http://www.sepyme.gov.ar), ingresando mediante la clave otorgada al momento de inscripción en el Registro correspondiente.

El respectivo formulario deberá ser impreso y firmado por los sujetos mencionados en el Artículo 65 del presente Reglamento, debiendo presentar el mismo en carácter de declaración jurada ante la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal en oportunidad de la presentación de la correspondiente rendición de cuentas".

Art. 3º — Sustitúyese el Artículo 25 del Anexo I de la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, por el siguiente:

"ARTICULO 25.- Los cambios o alteraciones referentes a horarios y/o lugar de ejecución de cursos deberán ser solicitados hasta TRES (3) días hábiles antes de la fecha de ejecución original.

Los cambios o alteraciones referentes a fechas de ejecución de cursos deberán ser solicitados hasta TRES (3) días hábiles antes de la fecha de ejecución original y con una antelación no menor a DIEZ (10) días hábiles a la nueva fecha de ejecución.

A tales efectos, se deberá proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19 del presente Reglamento y completar electrónicamente el "Formulario de Notificación de Actividades" disponible en la página de Internet de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, (http://www.sepyme.gov.ar), ingresando mediante la clave otorgada al momento de inscripción en el registro respectivo.

El formulario con la última modificación realizada deberá ser impreso y firmado por los sujetos mencionados en el Artículo 65 del presente Reglamento, debiendo ser presentado en carácter de declaración jurada ante la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal en oportunidad de la presentación de la correspondiente rendición de cuentas.

Será rechazado el reintegro de aquellos encuentros, jornadas y/o cursos cuya solicitud de modificación no hubiere sido presentada en las formas y plazos mencionados".

Art. 4º — Sustitúyese el Artículo 26 del Anexo I de la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, por el siguiente:

"ARTICULO 26.- La/s rendición/es de cuentas deberá presentarse de la siguiente forma:

a) VIA INTERNET: Completando electrónicamente Vía Internet el "Formulario de Rendición de Cuentas" y el "Formulario de Participantes" (en caso de rendición única o en caso de última rendición) a través de la página "Web" de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION (http://www.sepyme.gov.ar), ingresando mediante la clave otorgada al momento de inscripción en el registro respectivo; y

b) Imprimir el formulario, firmarlo y presentarlo, en carácter de declaración jurada, ante la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal conjuntamente con la restante documentación requerida a tal fin.

Conjuntamente se deberá presentar la siguiente documentación:

1) Ultima versión del "Formulario de Notificación de Actividades" referente a cada notificación de actividades de los cursos incluidos en la rendición de cuentas, debidamente suscriptos por los sujetos mencionados en el Artículo 65 del presente Reglamento;

2) Fotocopia/s simple/s de la/s factura/s y/o recibos por gastos incurridos por el Proyecto en capacitación;

3) Fotocopia/s simple/s de la/s factura/s y/o recibos por gastos de certificación;

4) Certificación Contable firmada por Contador Público independiente y legalizada por el Consejo Profesional correspondiente, referente a la registración contable de los comprobantes señalados en los incisos precedentes con el detalle de los mismos.

Además y conjuntamente con la presentación de la última rendición de cuentas deberá presentarse, en carácter de declaración jurada y mediante el formulario creado para tal efecto, el listado definitivo de personas que hubieren recibido la capacitación. Los que presenten sólo UNA (1) o DOS (2) rendiciones de cuentas deberán acompañar el listado señalado en ese acto".

Art. 5º — Sustitúyese el Artículo 34 del Anexo I de la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, por el siguiente:

"ARTICULO 34.- Los certificados de Crédito Fiscal serán emitidos a favor de la/s empresa/s, que hubieren abonado la/s factura/s de honorarios por la capacitación efectivamente recibida y/o los gastos de certificación de acuerdo a lo que surja de la certificación contable presentada conforme al Artículo 26 del presente Reglamento, respetando los montos máximos de reintegro por empresa y por Proyecto establecidos en el Artículo 4º del presente Reglamento.

En el caso de proyectos presentados bajo la Modalidad 1, el certificado será emitido a favor de la/s Empresa/s Solicitante/s Cedente/s.

Dichos certificados podrán ser retirados únicamente en la sede de esta Subsecretaría por el/los titular/es, el representante legal o estatutario o por apoderado con facultades expresas para manejar sumas de dinero".

Art. 6º — Sustitúyese el Artículo 41 del Anexo I de la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, por el siguiente:

"ARTICULO 41.- Las Unidades Capacitadoras deberán hacer entrega, a la finalización de cada curso de capacitación, de un "Certificado de Capacitación" a cada uno de los participantes de dicho curso.

En dicho Certificado de Capacitación constarán:

— Nombre de la Unidad Capacitadora
— Nombre del Empleador
— Nombre del Proyecto de Capacitación
— Nombre del Curso de Capacitación
— Cantidad de Horas de Capacitación
— Nombre y Apellido del Participante
— Lugar y Fecha de Emisión del Certificado
— Firma y Cargo del Representante Legal de la Unidad Capacitadora
— Firma y Cargo del Representante Legal del Empleador

Las Unidades Capacitadoras deberán presentar en carácter de declaración jurada y dentro de los QUINCE (15) días hábiles a contar desde la fecha que hubiere vencido el plazo de ejecución de Proyectos —conforme a lo establecido en el presente Reglamento—, un listado definitivo de personas que hubieren obtenido el "Certificado de Capacitación" con indicación del curso correspondiente. Dicha presentación deberá realizarse de la siguiente forma:

a) VIA INTERNET: Completando electrónicamente Vía Internet el "Formulario de Participantes de Cursos" a través de la página "Web" de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION (http://www.sepyme.gov.ar), ingresando mediante la clave otorgada al momento de inscripción en el Registro respectivo.

b) Imprimir el formulario, firmarlo y presentarlo, en carácter de declaración jurada, ante la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal.

En caso de no presentación de la información precedente, la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal podrá disponer que la Unidad Capacitadora en cuestión no pueda participar en el próximo llamado de Crédito Fiscal".

Art. 7º — Sustitúyese el Artículo 65 del Anexo I de la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, por el siguiente:

"ARTICULO 65.- Los formularios previstos en los Artículos 9º, 19, 25 y 26 del presente Reglamento; deberán presentarse firmados por el/los representante/s legal/es o estatutarios de la Empresa Solicitante Principal y de la Unidad Capacitadora en los casos de Proyectos de Modalidad 1, o de la Empresa Solicitante Beneficiaria Principal y de la Unidad Capacitadora en los casos de Proyectos de Modalidad 2, oportunamente acreditados mediante el procedimiento estipulado en el Artículo 16 del presente Reglamento".

Art. 8º — Prorrógase hasta las QUINCE HORAS (15:00 hs.) del día 31 de marzo de 2005 el plazo establecido por el Artículo 16 del Anexo I de la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, prorrogado por el Artículo 5º de la Disposición Nº 601 de fecha 29 de diciembre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; para presentar la documentación exigida por el Artículo 16 del Anexo I de la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 9º — Sustitúyese el Anexo II de la Disposición N° 423 de fecha 15 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, por el Anexo, que con DIECISIETE (17) planillas, forma parte de la presente disposición.

Art. 10. — La presente disposición entrará en vigencia el día de su publicación.

Art. 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Federico I. Poli.

























ACTA ACUERDO
REGIMEN DE CREDITO FISCAL A MIPYMES
MODALIDAD 1
(para más de una Solicitante)

En........ (lugar y fecha) ...... , entre la empresa ........ (razón social) ....., con sede social en ................( mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa cedente) ...........................; representada en este acto por su ...... (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado Don..... (Nombre y Apellido Completo y DNI), quien acredita ante el escribano Interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante "LA SOLICITANTE PRINCIPAL", y la empresa ........ (razón social) ....., con sede social en ................( mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa cedente) ...........................; representada en este acto por su .............. (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado Don..... (Nombre y Apellido Completo y DNI), quien acredita ante el escribano Interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante "LA SOLICITANTE ASOCIADA", (tantas veces como empresas cedentes asociadas existan) ......, por una parte, y por la otra parte la/s siguiente/s empresa/s: 1) (razón social) ....., con sede social en ................( mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa cedente) ...........................; representada en este acto por su ...... (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado Don..... (Nombre y Apellido Completo y DNI ); quien acredita ante el escribano Interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; 2) ........ (razón social) ....., con sede social en ................(m ismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa cedente) ...........................; representada en este acto por su ...... (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado Don..... (Nombre y Apellido Completo y DNI) quien acredita ante el escribano Interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; 3) ETCETERA. ......, en adelante "LAS BENEFICIARIAS"; ACUERDAN: celebrar el presente de conformidad a las cláusulas que a continuación se establecen:

PRIMERA – OBJETO

"LA SOLICITANTE PRINCIPAL", "LA/S SOLICITANTE/S ASOCIADA/S" y "LAS BENEFICIARIAS" acuerdan la presentación conjunta de un Proyecto de Capacitación a efectos de capacitar al personal de estas últimas, en un todo de conformidad con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

SEGUNDA - ASIGNACION DE CERTIFICADOS DE CREDITO FISCAL

"LA SOLICITANTE PRINCIPAL" presentará a "LA SSEPyMEyDR" la respectiva rendición de cuentas de conformidad con las normas vigentes a los fines de recibir el correspondiente certificado de Crédito Fiscal de acuerdo a los Artículos 25 y 33 del REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A PRESENTACION Y EJECUCION DE PROYECTOS – AÑO 2004.

TERCERA - INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACION

Todas las partes firmantes de este acuerdo proporcionarán en tiempo y forma a "LA SOLICITANTE PRINCIPAL" toda la información necesaria para la elaboración de las rendiciones de cuentas y el monitoreo del Proyecto, exigibles por la Unidad de Coordinación de Crédito Fiscal de la "LA SSEPyMEyDR".

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman ........ ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el suyo.

(Observaciones: Las firmas deberán certificarse —con justificación de personería— por Escribano Público. Este convenio deberá ser incorporado (mediante su protocolización) a la Escritura Pública que deberá presentarse conforme lo establecido en el Artículo 16 del Anexo I de la presente disposición.)

ACTA ACUERDO
REGIMEN DE CREDITO FISCAL A MIPYMES
MODALIDAD 1
(para una Solicitante)

En........ (lugar y fecha) ...... , entre la empresa ........ (razón social) ....., con sede social en ................( mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa cedente) ...........................; representada en este acto por su ...... (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado Don..... (Nombre y Apellido Completo y DNI), quien acredita ante el escribano Interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca, en adelante "LA SOLICITANTE PRINCIPAL", por una parte, y por la otra parte la/s siguiente/s empresa/s: 1) (razón social) ....., con sede social en ................( mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa cedente) ...........................; representada en este acto por su ...... (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado Don..... (Nombre y Apellido Completo y DNI), quien acredita ante el escribano Interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; 2) ........ (razón social) ....., con sede social en ................( mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa cedente) ...........................; representada en este acto por su ...... (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado Don..... (Nombre y Apellido Completo y DNI) , quien acredita ante el escribano Interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; 3) ETCETERA. ......, en adelante "LAS BENEFICIARIAS"; ACUERDAN: celebrar el presente de conformidad a las cláusulas que a continuación se establecen:

PRIMERA – OBJETO

"LA SOLICITANTE PRINCIPAL" y "LAS BENEFICIARIAS" acuerdan la presentación conjunta de un Proyecto de Capacitación a efectos de capacitar al personal de estas últimas, en un todo de conformidad con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

SEGUNDA - ASIGNACION DE CERTIFICADOS DE CREDITO FISCAL

"LA SOLICITANTE PRINCIPAL" presentará a "LA SSEPyMEyDR" la respectiva rendición de cuentas de conformidad con las normas vigentes a los fines de recibir el correspondiente certificado de Crédito Fiscal de acuerdo a los Artículos 25 y 33 del REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A PRESENTACION Y EJECUCION DE PROYECTOS – AÑO 2004.

TERCERA - INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN

Todas las partes firmantes de este acuerdo proporcionarán en tiempo y forma a "LA SOLICITANTE PRINCIPAL" toda la información necesaria para la elaboración de las rendiciones de cuentas y el monitoreo del Proyecto, exigibles por la Unidad de Coordinación de Crédito Fiscal de la "LA SSEPyMEyDR".

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman ........ ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el suyo.

(Observaciones: Las firmas deberán certificarse —con justificación de personería— por Escribano Público. Este convenio deberá ser incorporado (mediante su protocolización) a la Escritura Pública que deberá presentarse conforme lo establecido en el Artículo 16 del Anexo I de la presente disposición.)

ACTA ACUERDO
REGIMEN DE CREDITO FISCAL A MIPYMES
MODALIDAD 2 - ASOCIATIVO
(para más de una MIPyME)

En. ............... (lugar y fecha) .................. , se conviene en celebrar el presente acuerdo Inter.- empresario entre las empresas que se enuncian a continuación:

a) ........ (razón social) ....., con sede social en ................(mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa cedente) ...........................; representada en este acto por su ...... (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado Don..... (Nombre y Apellido Completo y DNI), quien acredita ante el escribano Interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante «LA SOLICITANTE PRINCIPAL»

b) ........ ( razón social) ....., con sede social en ................(mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa cedente) ...........................; representada en este acto por su ...... (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado Don..... (Nombre y Apellido Completo y DNI), quien acredita ante el escribano Interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante "SOLICITANTE ASOCIADA"

c) Idem b)

d) Idem b)

PRIMERA - OBJETO.

Las partes acuerdan en asociarse para la realización de actividades específicas de capacitación del personal de las empresas firmantes, en un todo de conformidad con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

SEGUNDA - TRANSPARENCIA.

Cada una de las partes se obliga a poner a disposición de las demás todas las constancias que documenten los gastos realizados para lograr el objeto establecido en la Cláusula Primera.

SEGUNDA - ASIGNACION DE CERTIFICADOS DE CREDITO FISCAL

"LA SOLICITANTE PRINCIPAL" presentará a "LA SSEPyMEyDR" la respectiva rendición de cuentas de conformidad con las normas vigentes a los fines de recibir el correspondiente certificado de Crédito Fiscal de acuerdo a los Artículos 25 y 33 del REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A PRESENTACION Y EJECUCION DE PROYECTOS – AÑO 2004.

TERCERA - INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACION

Todas las partes firmantes de este acuerdo proporcionarán en tiempo y forma a "LA SOLICITANTE PRINCIPAL" toda la información necesaria para la elaboración de las rendiciones de cuentas y el monitoreo del Proyecto, exigibles por la Unidad de Coordinación de Crédito Fiscal de la "LA SSEPyMEyDR".

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman ........ ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el suyo.

(Observaciones: Las firmas deberán certificarse —con justificación de personería— por Escribano Público. Este convenio deberá ser incorporado (mediante su protocolización) a la Escritura Pública que deberá presentarse conforme lo establecido en el Artículo 16 del Anexo I de la presente disposición.)

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