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Subsecretaría de Pesca






Subsecretaría de Pesca

 

PESCA

 

Disposición 4/99

 

Nómina de buques que deberán dar cumplimiento a la
parada biológica ordenada por la Resolución Nº 354/99-SAGPA.


 

Bs. As., 1/9/99

 

VISTO la Resolución Nº 354 de fecha 31 de agosto de
1999 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION, y


 

CONSIDERANDO:

 

Que en el artículo 1º de la citada norma se
establece que los buques pesqueros que en los últimos TRES (3) años hayan
efectuado capturas de la especie merluza común (Merluccius hubbsi) en una
proporción mayor al DIEZ (10) por ciento de su captura total anual, deberán
efectuar una parada biológica en puerto de QUINCE (15) días corridos, en el
período comprendido entre el 1º de septiembre y el 10 de octubre de 1999.


 

Que asimismo, la citada norma en su artículo 6º
establece que quedan excluidos de sus alcances, aquellos buques que hayan
realizado en los últimos TRES (3) años campaña de pesca sobre las especies
Anchoíta bonaerense (Engraulis anchoíta) y Caballa (Scomber japonicus) en los
meses de septiembre y octubre del período señalado.


 

Que la DIRECCION NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA
dependiente de esta SUBSECRETARIA ha informado respecto de los buques que
habrían de efectuar la parada biológica ordenada, en virtud de lo ordenado por
los artículos 1º y 6º de la norma citada en el Visto, los que obran en el Anexo
que forma parte de la presente disposición.


 

Que a los efectos de confeccionar el Anexo
mencionado en el considerando anterior, se ha excluido expresamente a los
buques cuya sumatoria de los porcentajes anuales de captura de merluza hubbsi
respecto de la captura total registrada por el mismo durante los últimos TRES
(3) años, haya resultado inferior o igual al TREINTA (30) por ciento y que en
cada uno de los TRES (3) años comprendidos entre 1996 y 1998 el porcentaje de
captura de merluza común respecto del total de captura del buque de que se
trata, haya resultado inferior o igual al VEINTE (20) por ciento.


 

Que se ha excluido expresamente a los buques cuya
captura de Anchoíta bonaerense (Engraulis anchoíta) y/o Caballa (Scomber
japonicus) realizada en los meses de septiembre y octubre de cada uno de los
TRES (3) años citados por la Resolución SAGPyA Nº 354/99, haya resultado
superior al CINCUENTA (50) por ciento de la captura total registrada por el
buque durante el mismo período.


 

Que asimismo se ha excluido expresamente a los
buques cuya captura registrada en los últimos TRES (3) años haya correspondido
a cuadrantes ubicados en jurisdicción provincial, según declaración vertida en
el parte de pesca previsto por la Resolución Nº 45 de fecha 18 de marzo de 1991
del registro de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y sus
modificatorias.


 

Que los buques que no hayan registrado historial de
captura en el período señalado en el artículo 1º de la Resolución SAGPyA Nº
354/99 y que durante el primer semestre del presente año hayan efectuado una
captura de merluza hubbsi en jurisdicción nacional en un porcentaje superior al
QUINCE (15) por ciento de su captura total respectiva, deberán realizar la
parada biológica establecida por la norma citada.


 

Que el suscripto es competente para el dictado de
la presente, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1450 de
fecha 12 de diciembre de 1996.


 

Por ello,

 

EL SUBSECRETARIO DE PESCA

DISPONE:

 

Artículo 1º — Los buques comprendidos en el
Anexo de la presente Disposición deberán dar cumplimiento a la parada biológica
ordenada por el artículo 1º de la Resolución Nº 354 de fecha 31 de agosto de
1999 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION.


 

Art. 2º — La presente Disposición
entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.


 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge L. Cajal.


 

ANEXO

 

Listado de buques que deben efectuar la parada
dispuesta por el art. 1º de la Resolución SAGPyA Nº 354/99


 



















































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































Matr.


Buque


5908


7 DE DICIEMBRE


5139


ALTALENA


6041


ALVAMAR IV


6478


ALVAMAR VII


6100


AMBITION


>5962


>ANA
III


4038


ANA MARIA


6455


ANABELLA M


3966


ANTARTIDA


5388


ANTARTIDA


6317


ANTONINO


5086


ANTONIO SAVERIO


5400


API II


5269


API IV


4644


ARAUCANIA


6305


ARGENTINO


5239


ARRUFO


4786


ATLANTIDA


6194


ATREVIDO


6596


AURIGA


6052


BEAGLE I


6336


BELVEDERE


5241


BORRASCA


6446


BOUCIÑA


6060


CABO BUEN TIEMPO


5323


CABO DE HORNOS


6538


CABO MAYOR


6068


CABO SAN JUAN


6050


CABO SAN SEBASTIAN


6031


CABO TRES PUNTAS


6054


CABO VIRGENES


5863


CAMERIGE


6454


CAROLINA P


5242


CECILIA


6491


CENTAURO 2000


6422


CERES


6595


CETUS


5960


CHUBASCO


5861


CIUDAD DE HUELVA


6211


COALSA SEGUNDO


5083


COMETA


6234


CONGELADOR MAR DOS


5653


CORAJE


6177


CORCUBION


4680


CRISTO REDENTOR


6098


DALIAN II


6125


DESAFIO


5955


DIEGO PRIMERO


6326


DON AGUSTIN


5878


DON ANTONIO


5931


DON BARRACA


6126


DON CARMELO


5874


DON CAYETANO


6201


DON CHICHILO


3069


DON FRANCISCO R


6513


DON GAETANO


5183


DON JOSE MOSCUZZA


5711


DON JUAN


5174


DON JUAN D’AMBRA


4559


DON MIGUEL I


5421


DON NATALIO


6545


DON NICOLA


5801


DON PEDRO MOSCUZZA


6277


DON RAIMUNDO


4997


DON ROMEO ERSINI


6424


DON TURI


4883


DON VICENTE


5439


DON VICENTE VUOSO


6267


EL FARO


5860


EL MARISCO I


5979


EL MARISCO II


3942


EL PRINCIPE AZUL


5970


EL SANTO


6279


ESTEFANY


6328


ESTEIRO


6571


ESTREITO DE RANDE


5034


FE EN PESCA


6227


FEIXA


6057


FIDES FE I


6088


FIDES FE II


6168


FIESTA


5936


FLORIDABLANCA


6567


FONSECA


5926


FRANCA


6080


FRANCO


6487


GABRIELLA C


5078


GALEMAR


6569


GEMINIS


6493


GIANFRANCO


5884


GLORIA


5870


GRACIELA


5301


GRAN CAPITAN


5915


GURISES


5342


HARENGUS


6101


HUMBAK


5714


IGLU I


5772


INFINITUS PEZ


5771


INITIO PEZ


6459


ITXAS LUR


5403


JOLUMA


6255


JUEVES SANTO


6236


JUNELLA


6597


JUPITER II


6321


KANTXOPE


6075


KARINA


6504


LA PEÑUCA


5424


LANZA SECA


5159


LAPATAIA


5914


LEAL


6378


LILIANA


5117


LISANDRO


5764


LUCIA LUISA


4569


MADONNA DI GIARDINI


5704


MALVINAS ARGENTINAS


5085


MAR AZUL


5966


MAR DEL CHUBUT


6058


MAR ESMERALDA


6399


MARBELLA


5898


MAREJADA


5008


MARGOT


5482


MARIA ALEJANDRA


5425


MARIA EUGENIA


6006


MARIA GRACIA


5444


MARIA LILIANA


4566


MARIA RITA


5958


MARIANELA


4690


MARINA Z


5098


MELLINO I


5099


MELLINO II


5265


MELLINO VI


0318


MERCEA C


5899


MESSINA I


6254


MIERCOLES SANTO


3218


MIGUELITO


6246


NAVEGANTES


5956


NDDANDDU


3937


NUEVA ANA ISABEL


3638


NUEVA PREFERIDA


6092


NUEVO VIENTO


5211


PAKU


6468


PARADANTA PRIMERO


4645


PATAGONIA


5545


PESCAMAR I


6612


PESCAPUERTA 4


6490


PESCAPUERTA QUINTO


6187


PESCARGEN III


6223


PESCARGEN IV


6233


PESCARGEN V


1445


PETREL


5009


PIERRE


5315


PONTE CORUXO


6483


PONTE DE RANDE


4815


PROMAC


5787


PROMARSA I


5788


PROMARSA II


6481


PUENTE AMERICA


5866


PUERTO SAN JULIAN


6224


RAFFAELA


6318


RAQUEL


4646


RAWSON


4683


REPUNTE


5059


RIBAZON DORINE


5058


RIBAZON INES


5036


RIGEL


6089


ROCIO DEL MAR


5182


SAN CAYETANO I


6228


SAN GENARO


5124


SAN JUAN PRIMERO


5299


SAN MARCOS


5226


SAN MATIAS


5090


SAN PABLO


6335


SAN PASCUAL


4544


SAN SALVADOR


6067


SANT’ANTONIO


5160


SANTA ANGELA


5857


SANTA BARBARA


6222


SFIDA


>5879


>SIEMPRE
SANTA ROSA


4273


SIGA MIRE QUE LINDA


5181


SIMBAD


5100


SIRIUS


5355


SIRIUS II


5356


SIRIUS III


3860


STELLA MARIS


6576


STELLA MARIS I


4158


TENOR BENGNAMINIO GIGLI


6079


TESON


6040


TOZUDO


5953


TRIUNFO


5149


UCHI


>6341


>UDANA


5885


ULISES


6508


UR-ERTZA


6445


URABAIN


5328


URQUIL


6242


V. MARIA INMACULADA


5943


VERAZ


6593


VERDEL


6205


VIEIRASA OCHO


6065-M


VIRGEN DE LOURDES


6099


VIRGEN DEL CARMEN


5327


VIRGEN MARIA


>6307


>XEITOSIÑO lang=ES-TRAD >



> 



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