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SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y




SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Disposición 1/2003

Bs. As., 10/2/2003 VISTO lo actuado en el expediente SAFJP N° 6225/1996; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución SAFJP N° 519/97 se aprobó el Reglamento de Compras y Contrataciones, como única norma de aplicación para el Organismo, en la materia reglamentada.

Que resulta necesario adecuar el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente, en función de la experiencia y adaptación recogida en la aplicación del Reglamento vigente, de modo tal de contar con una norma actualizada en cuanto a contemplar todas las actividades del ente, sin dejar de tener en cuenta el principio básico de transparencia en el proceso de adquisición y contratación de bienes y/o servicios.

Que se estimó necesario incorporar o modificar elementos significativos, teniendo en cuenta la concurrencia, adaptación y eficiencia en los procedimientos para asegurar la excelencia en la aplicación del citado Reglamento.

Que el nuevo proyecto se realizó sobre la base del actual Reglamento de Compras y Contrataciones de este Organismo, tomándose ciertos aspectos de Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional y el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha emitido el dictamen legal correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley 24.241 en su artículo 119 inciso k).

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
DISPONE:

ARTICULO 1° — Derogar la Resolución SAFJP N° 519/97 y la Instrucción SAFJP N° 006/2000.

ARTICULO 2° — Aprobar el Reglamento de Compras y Contrataciones que se adjunta a la presente, formando parte integrante de la misma, como única norma de aplicación para el Organismo, en la materia reglamentada.

ARTICULO 3° — Esta Disposición entrará en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4° — Regístrese, notifíquese y archívese. — Dr. ENRIQUE HORACIO PICADO, Superintendente de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.

–––––––––––––
NOTA: Esta Disposición se publica si el Reglamento de Compras y Contrataciones adjunto a la presente. El mismo puede ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).

e. 12/2 N° 406.490 v. 12/2/2003

Administracionius UNLP

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