Superintendencia de Riesgos del Trabajo
RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 1676/2004
Dispónese la organización del evento correspondiente a la Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo correspondiente al año 2005, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 15/12/2004
VISTO el Expediente del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 3164/04, la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557, el Decreto Delegado N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y las Resoluciones S.R.T. N° 557 de fecha 20 de diciembre de 2001, N° 660 de fecha 16 de octubre de 2003 —juntamente con su modificatoria N° 1140 de fecha 18 de octubre de 2004—, N° 760 de fecha 27 de noviembre de 2003 y N° 715 de fecha 12 de diciembre de 2003 y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución S.R.T. N° 760/03 la semana comprendida entre el 21 y 28 de abril de cada año fue declarada con carácter permanente La Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo.
Que el artículo 1°, apartado segundo, inciso a), de la Ley N° 24.557 establece expresamente como objetivo el de reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.
Que la Ley sobre Riesgos del Trabajo creó a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO como autoridad de aplicación de dicho régimen.
Que a fin de cumplir con las funciones impuestas por la citada Ley, el artículo 2° de la Resolución S.R.T. N° 660/03, modificado por la Resolución S.R.T. N° 1140/04, aprobó los objetivos, responsabilidades primarias y acciones estructurales y funcionales de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
Que en este orden de ideas, el punto 1. el ANEXO I de la Resolución S.R.T. N° 1140/04 estableció como objetivo de este organismo el de "...contribuir al desarrollo de una política de prevención de riesgos del trabajo, asimilando los cambios en el funcionamiento del mercado del trabajo, la economía, las nuevas formas de organización del trabajo, la legislación laboral y las normas de salud y seguridad, con el objeto de reducir la siniestralidad laboral...".
Que las estadísticas nacionales sobre lesiones profesionales, disponibles desde el año 1996, indican el acaecimiento de hasta TRES (3) muertes diarias de trabajadores, con causa o en ocasión del desempeño de sus labores.
Que por ello resulta necesario propiciar iniciativas orientadas a promover mayores niveles de capacitación general en materia de prevención de riesgos del trabajo de los diversos actores sociales, a fin de favorecer el establecimiento de lugares de trabajo seguros y saludables para preservar la integridad psicofísica de los trabajadores en todo el territorio nacional.
Que con esa finalidad resulta oportuna la organización del evento correspondiente a la Segunda Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo del año 2005, a realizarse los días 25 al 28 de abril de dicho año en la Ciudad de Buenos Aires y en cuyo marco se llevará a cabo un seminario sobre Registro y notificación de accidentes y vigilancia de la salud en las Américas, a cargo de la ASOCIACION INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.I.S.S.).
Que la citada Asociación ha informado recientemente a este organismo, mediante el mensaje de correo electrónico agregado a las actuaciones, la necesidad de conocer antes de Navidad del año en curso el lugar de realización del evento, dado su receso por las fiestas de Navidad y Año Nuevo, para poder cursar en tiempo razonable —entre fin de enero de 2005 y principios de febrero de 2005— las correspondientes invitaciones oficiales.
Que dicha circunstancia objetiva —recepción en tiempo útil de las invitaciones oficiales— constituye la probada razón de urgencia requerida por el artículo 25, apartado d), inciso quinto, del Decreto Delegado N° 1023/01 que autoriza la aplicación del procedimiento de selección por contratación directa.
Que en vista de ello y a fin de enviar en término la información requerida por la A.I.S.S. Y permitir así que las invitaciones oficiales sean remitidas en tiempo útil, deberá contratarse por la vía indicada precedentemente el salón en el que se desarrollará el evento; así como el servicio accesorio de cafetería, dado que los hoteles de categoría exigen exclusividad al respecto.
Que todas las demás contrataciones vinculadas con la organización de la semana en cuestión deberán efectuarse por las vías ordinarias impuestas por el Decreto Delegado N° 1023/01.
Que sin perjuicio de lo ordenado por las Resoluciones S.R.T. N° 557/01 y 715/03, es pertinente delegar en el Gerente General la emisión de todo acto administrativo vinculado con la organización de las actividades correspondientes a La Segunda Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo del año 2005, a cuyo efecto corresponde aprobar el programa propuesto.
Que la Subgerencia de Asuntos Legales ha intervenido en el área de su competencia.
Que el suscripto es competente para la emisión de este acto administrativo a la luz de lo dispuesto en la Resolución S.R.T. N° 660/03 y su modificatoria N° 1140/04.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
Artículo 1° — Organízese el evento correspondiente a la Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo correspondiente al año 2005, a realizarse los días 25 al 28, de abril de dicho año en la Ciudad de Buenos Aires y en cuyo marco se llevará a cabo un seminario, sobre Registro y notificación de accidentes y vigilancia de la salud en las Américas, a cargo de la ASOCIACION INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.I.S.S.).
Art. 2° — Invítese a los Estados Provinciales a propiciar en sus respectivas jurisdicciones actividades de difusión y promoción de la salud y seguridad en el trabajo durante el transcurso de la citada semana.
Art. 3° — Invítese a Asociaciones Gremiales de Trabajadores y de Empleadores, Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, Unidades Académicas, Asociaciones, Fundaciones, Colegios Profesionales, Agrupaciones vinculadas a la Salud y Seguridad en el Trabajo y a todos los Sectores Sociales interesados en la materia, a sumarse a las actividades de promoción y difusión que se realicen con motivo de lo dispuesto en el artículo 1° de esta Resolución.
Art. 4° — Contrátese en forma directa el salón en el que se llevará a cabo el evento y el servicio accesorio de cafetería, en los términos del artículo 25, apartado d), inciso quinto, del Decreto Delegado N° 1023/01; debiendo las demás contrataciones relacionadas con la organización del evento ser efectuadas por las vías ordinarias previstas por el citado decreto.
Art. 5° — Delégase en el Señor Gerente General la emisión de todo acto administrativo vinculado con la organización de las actividades correspondientes a La Segunda Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo del año 2005.
Art. 6° — Apruébase el programa correspondiente al citado evento.
Art. 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Héctor O. Verón.