Superintendencia de Servicios de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 183/2002
Modifícase el Estatuto de la Obra Social del Personal de la Industria del Calzado.
Bs. As., 21/5/2002
VISTO el Expediente N° 23.329/01 SSSALUD y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente del VISTO tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO (RNOS N° 1-0310) a efectos de solicitar se apruebe la reforma introducida en el Estatuto de la entidad, incorporando el artículo 14 Bis.
Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 112/02.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase la modificación introducida en el Estatuto de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO (RNOS N° 1-0310), incorporando el artículo 14 Bis, cuyo texto se transcribe seguidadamente: "Para el cumplimiento de su objeto, la obra social podrá fusionarse, federarse o formar consorcios con otras obras sociales. Esta decisión deberá adoptarse por las dos terceras (2/3) partes de los integrantes de la comisión administrativa y deberá ser aprobada por el Consejo Directivo Nacional de la U.T.I.C.R.A.".
Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Néstor R. Vazquez.