hola no entiendo el tipo de injusto para el normativismo. si se dice que el tipo pasa a ser el fundamento de la antijuricidad. porq se dice que el tipo es un tipo de injusto?? que alguien me explique!!
Buen día! Cuando una conducta es típica y antijurídica (esto es, no halla una causa de justificación en todo el ordenamiento jurídico), se habla de 'injusto penal', reconociendo que ese 'injusto'/ese hecho no es aún delito, sino que para serlo hace falta que pueda ser reprochable al autor que pudiendo obrar de otra manera, optó por aquella.
No lo compliques tanto, cuando referis al injusto aludis a la primera parte de la teoría del delito, que recae sobre el análisis de cuestiones objetivas como son la tipicidad y la antijuridicidad: en ese sentido, el hecho no manifiesta justicia alguna y es probable que se aplique la ley penal... pero no va a ser delito en tanto no se constate la existencia de los requisitos faltantes (culpabilidad y, para quienes lo incluyen, punibilidad).
Espero haber sido clara, de lo contrario, podés pedirme que lo explique de otro modo...
Saludos,
No lo compliques tanto, cuando referis al injusto aludis a la primera parte de la teoría del delito, que recae sobre el análisis de cuestiones objetivas como son la tipicidad y la antijuridicidad: en ese sentido, el hecho no manifiesta justicia alguna y es probable que se aplique la ley penal... pero no va a ser delito en tanto no se constate la existencia de los requisitos faltantes (culpabilidad y, para quienes lo incluyen, punibilidad).
Espero haber sido clara, de lo contrario, podés pedirme que lo explique de otro modo...
Saludos,