Hola. tengo el siguiente punto sin completar: Los titulos valores.La teoria general.Distintas denominaciones.Concepto.Caracteres:a)necesidad;b)literalidad;c)autonomia. Estado actual de la teoría.Clasificaciones. Me pueden ayudar ???
Saludos!!
Para darte una pequeña orientación, título valores, es igual que hablar de títulos de crédito.
Como una definición podemos decir que son derechos documentados que tienen validez y efecía absoluta en virtud de su docoumentación en un título.
Esto significa que vos podes ejercer el derecho plasmado en un título sin necesidad de otro documento fuera del mismo.
De esta definición se pueden caracterizar sus elementos: literal (porque el derecho está incluido en el documento), que es autónomo (porque no necesita de ningún otro documento) y la necesidad (es imposible ejercer el derecho sin tener la posesión del título).
Con un ejemplo queda más claro:
Vg. Pagaré. Con el el pagaré para ejecutarlo no necesito probar el contrato de mutuo o la relación jurídica subyacente que dió nacimiento al mismo (autonomía); asimismo, el título (documento papel), contiene todas las formalidades necesarias e información requerida para poder ejecutar el derecho, Todo el derecho se encuentra inserto dentro del título [ej. monto, fecha, obligado, cancelaciones,etc] (literalidad); y finalmente la única forma de cobrar un pagaré es teniedo el título [el papel que dice Pagaré!] (esto es la "necesidad").
Hay varias anécdotas sobre títulos de crédito, alguna cuenta que en un juzgado en mesa de entradas se olvidaron de retirar la documentación original del expte (y dejaron el pagaré a ejecutar) y cuando fue la parte demanda a ver el expediente, arrancó el pagaré y se lo comió.... chau pagaré chau deuda..jajaj
Como una definición podemos decir que son derechos documentados que tienen validez y efecía absoluta en virtud de su docoumentación en un título.
Esto significa que vos podes ejercer el derecho plasmado en un título sin necesidad de otro documento fuera del mismo.
De esta definición se pueden caracterizar sus elementos: literal (porque el derecho está incluido en el documento), que es autónomo (porque no necesita de ningún otro documento) y la necesidad (es imposible ejercer el derecho sin tener la posesión del título).
Con un ejemplo queda más claro:
Vg. Pagaré. Con el el pagaré para ejecutarlo no necesito probar el contrato de mutuo o la relación jurídica subyacente que dió nacimiento al mismo (autonomía); asimismo, el título (documento papel), contiene todas las formalidades necesarias e información requerida para poder ejecutar el derecho, Todo el derecho se encuentra inserto dentro del título [ej. monto, fecha, obligado, cancelaciones,etc] (literalidad); y finalmente la única forma de cobrar un pagaré es teniedo el título [el papel que dice Pagaré!] (esto es la "necesidad").
Hay varias anécdotas sobre títulos de crédito, alguna cuenta que en un juzgado en mesa de entradas se olvidaron de retirar la documentación original del expte (y dejaron el pagaré a ejecutar) y cuando fue la parte demanda a ver el expediente, arrancó el pagaré y se lo comió.... chau pagaré chau deuda..jajaj
saludos!!!