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TRANSPORTE MARITIMO






TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL

 

Ley 25.230

 

Derogación de los Decretos Nros. 1493/92 y 343/97,
referidos al registro de buques y al otorgamiento del derecho a ser
considerados como de bandera nacional a determinados buques pesqueros
extranjeros, respectivamente.


 

Sancionada: Diciembre 1 de 1999.

Promulgada de Hecho: Diciembre 28 de 1999.

 

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:


 

ARTICULO 1º — Deróganse los decretos 1493/92
y 343/97.


 

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO,
EN BUENOS AIRES, A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y NUEVE.


 

—REGISTRADA BAJO EL Nº 25.230—

 

ALBERTO R. PIERRI. — JOSE GENOUD. — Esther H.
Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Juan C. Oyarzún.
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