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UBP. Martillero. Ayuda URGENTE 2do. Parcial


Hola amigos!
Estoy totalmente perdida con este parcial. Por favor necesito me orienten un poco.
Lo transcribo completo para que pueda entenderse. No quiero que piensen que pretendo lo haga alguno de uds., sólo necesito por favor me orienten...
Actividad 1
En otro caso del Estudio “Enrique Borda y Asociados” ha sido usted designado martillero a los fines de la subasta de un inmueble embargado, pero que reconoce registralmente una hipoteca a favor del Banco de la Provincia de Córdoba por la suma de $ 25.000 y un embargo anterior de $ 13.500.
1) En atención a la función que debe cumplimentar, enuncie y fundamente los distintos pasos a seguir a los fines del remate del bien embargado.
2) Prepare el texto del edicto y oficios a los fines de la subasta de la referencia.

Actividad 2
Enviados los correspondientes oficios, se presentan por ante el pleito liquidaciones de deudas de Municipalidad de Córdoba y Rentas de la Provincia de Córdoba, las que ascienden a las sumas de $ 13.485,30 y 11.435,04, respectivamente, de las que se corre vista al ejecutante y ejecutado. Contestada la vista, el ejecutante se opone, considerando que el monto de la liquidación resulta irrisorio, incluyéndose además períodos supuestamente –según su opinión– prescriptos.
Analice en forma fundada qué procedimiento deben seguir dichos acreedores privilegiados para hacer valer su acreencia frente a la ejecución del bien asiento del privilegio.

Actividad 3
Continuando con el trámite de la subasta, el bien inmueble resulta subastado en $ 120.000, siendo adjudicado al Sr. Juan Manuel González, quien expresa que compra en comisión, a nombre del Sr. Edmundo Gabriel Sánchez.
Explique en forma fundada los pasos a seguir, según se produzca cada una de las siguientes situaciones:
1) El Sr. Edmundo Gabriel Sánchez no ratifica la compra a su nombre.
2) El adjudicatario del bien subastado no deposita el saldo del precio en el plazo que el Tribunal fija en la resolución que aprueba la subasta.
3) Se suspende la subasta por falta de postores.
4) Realizada la liquidación definitiva, la misma asciende a $ 146.730, y el saldo de la subasta, deducidos todos los gastos, es de $ 99.413,52; por lo que el abogado del ejecutante comparece y solicita orden de pago por el monto de la referencia, debiendo imputarse el mismo por $ 30.000 a honorarios, $ 5.413 a gastos, $ 55.513,25 a intereses y $ 8.487,27 en concepto de capital. Teniendo en cuenta la actividad 2 de la presente evaluación, analice de manera fundada si corresponde entregar la totalidad de los fondos al ejecutante
5) El ejecutado consigna el día de la audiencia, la totalidad del monto de la liquidación practicada en el expediente, con más los gastos y honorarios de la subasta.

Desde ya, les agradezco muchisimo. Debería de haberlo enviado hoy pero se me hizo imposible... Por eso es urgente.

ydcg21 Universidad de Blas Pascal

Respuestas
Sin Definir Universidad
roloweb Ingresante Creado: 27/11/11
yo estoy en la misma rolorosa(arroba)hotmailcom, si queres nos pasamos lo que tengamos y lo terminamos yaaa

Sin Definir Universidad
gastoncito77 Ingresante Creado: 12/12/11
por favor que alguien me ayude en este parcial tambien!!! tengo el de gestiones administrativas, comercial II y civil II para pasar... espero que alguien me pueda ayudar!!!
gracias...

Universidad de Blas Pascal
ydcg21 Ingresante Creado: 15/12/11
Chicos perdón por la demora... mi servidor es leeeeeeeeento y entrar a planetaius me cuesta mucho.
acá les dejo el parcial con las correcciones incluidas
suerte!!! espero les sirva

Actividad 1 (30 pts)

En otro caso del Estudio “Enrique Borda y Asociados” ha sido usted designado martillero a los fines de la subasta de un inmueble embargado, pero que reconoce registralmente una hipoteca a favor del Banco de la Provincia de Córdoba por la suma de $ 25.000 y un embargo anterior de $ 13.500.
1) En atención a la función que debe cumplimentar, enuncie y fundamente los distintos pasos a seguir a los fines del remate del bien embargado.
2) Prepare el texto del edicto y oficios a los fines de la subasta de la referencia.
1) Pasos a seguir a los fines de la subasta del bien embargado:
- Aceptación del cargo de Martillero. Habiendo sentencia firme, notificada la misma al deudor y transcurridos los cinco días previstos para interponer excepciones la parte actora propone Martillero a los fines del remate del bien embargado. Se corre traslado y la parte demandada tendrá tres días para aceptar al martillero designado por la actora o proponer otro. Consolidada la designación el Martillero deberá aceptar el cargo
-Cédulas de notificación de subasta. Mediante ella se informa a las partes y a terceros acreedores de la realización de la subasta.
- Pedido de informes. Aceptado el cargo, el martillero deberá informarse de la situación real del inmueble a subastar, para esto deberá solicitar informes a Dirección General de Rentas, Dirección de Catastro, Municipalidad, Dirección de Aguas, etc.
Se requerirán previo a la subasta informes sobre:
1.Deuda por impuestos, tasas y contribuciones a la Provincia y en su caso a la municipalidad y entes prestatarios de servicios públicos inmobiliarios.
2.Deudas por expensas comunes, si se tratare de unidades de propiedad horizontal o comunidades con régimen legal similar.
3.Condiciones registrables del dominio y gravámenes que lo afecten y condición catastral.
4.Base imponible para el pago del impuesto inmobiliario provincial.
5.Estado de ocupación del inmueble.
-Comunicación de la subasta al Registro de la Propiedad.
- Proponer fecha de subasta. Para obtener turno de remate, el martillero interviniente deberá tramitar y presentar en la Oficina de Subastas Judiciales la comunicación allí referida, mediante oficio o certificado expedido por el señor secretario y se le entregará la constancia con asignación de turno.
-Publicación del edicto. El edicto es la publicidad exigida por la ley; en consecuencia, siendo el martillero encargado de su redacción y diligenciamiento, hasta la publicación, resulta responsable por las consecuencias derivadas por los errores del texto.


2) Edicto:
Juzgado Nacional en lo Civil N° 14, Secretaría N° 7, comunica por tres días en autos "JAVIER GARCIA C/ JULIO LOPEZ - EJECUTIVO", Expediente N° 7232/01, que el martillero NN rematará en Almirante Brown N° 360 de la ciudad de Córdoba Capital el día 30 de Noviembre de 2011 a la hora 10:30 el Lote 120 ubicado en la planta baja de la finca, calle Belisario Roldán N° 738, Ciudad de Córdoba. Superficie total de la unidad 798 m2. Porcentual 100%. Base $50.000 al contado. La unidad se entrega libre de ocupantes. Seña 20%. Comisión 3%, todo en efectivo en el acto del remate. El comprador debe constituir domicilio en esta Ciudad. Córdoba, 23 de noviembre de 2011 Dra. Oyola. Podrá ser visitado los días 27 y 28 del corriente a la hora 9:30 Secretario.

Oficios:
-Aceptación del cargo:
En la ciudad de Córdoba Capital a los 15 días del mes de noviembre, del año 2011, compareció ante S.S. Y Secretaría autorizante NN, Martillero Judicial MP N° 01-234 y previo juramento de ley que prestó en legal forma y concedida la palabra que le fue por S.S. La compareciente dijo: Que acepta el cargo conferido en estos autos caratulados: “JAVIER GARCIA C/ JULIO LÓPEZ-EJECUTIVO” comprometiéndose a desempeñarlo fiel y legalmente, fijando domicilio a todos los efectos legales en calle Belisario Roldán N°740 de la ciudad de Córdoba; dése la participación de ley. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación, firma el compareciente después de S.S. Y por ante mí, de todo lo que doy fe.

-Pedido de informe a la Municipalidad:
Córdoba, 17 de noviembre de 2011
SEÑOR INTENDENTE DE LA
CIUDAD DE CÓRDOBA-
S / D.-
NN, Martillero Judicial M.P. 01-234, designada en los autos caratulados: “JAVIER GARCÍA C/ JULIO LÓPEZ-EJECUTIVO”, que se tramitan ante el Juzgado 14 Nom. Civ. Y Com. Secretaría a cargo de la Dra. Oyola se ha resuelto dirigir a Ud. el presente a fin de que tan luego de recibido y previas las formalidades de Ley, tenga a bien INFORMAR, bajo apercibimiento del art. 2 de la Ley 22.427, por intermedio de quien corresponda, sobre la DEUDA, que pudiere tener ante Vuestro Municipio el inmueble inscripto bajo la Nomenclatura Catastral 22-1-A-184-2B en la MATRÍCULA N°22-776-184.
Se deja expresa constancia que el presente pedido de informe se solicita a los fines de la Subasta del mismo, debiendo hacer valer sus derechos por ante el Tribunal, bajo apercibimiento de no reconocérseles crédito en autos.-
El martillero designado en autos Sra. NN y/o quien se designe se encuentran facultados para diligenciar el presente.-
Sin más saluda ATTE.-

...…..............................

-Pedido de informe DGR:
Córdoba, 17 de noviembre de 2011
SEÑOR DIRECTOR DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
S / D.-
NN, Martillero Judicial M.P. 01-234, designado en los autos caratulados: “JAVIER GARCÍA C/ JULIO LÓPEZ-EJECUTIVO”, que se tramitan ante el Juzgado 14 Nom. Civ. Y Com. Secretaría N° 7 a cargo de la autorizante dirige a Ud. el presente, atento lo dispuesto por el art. 59 de la Ley Pcial. 7191 y modificatorias, a fin de que tan luego de recibido y previas las formalidades de Ley, proceda a INFORMAR, bajo apercibimiento del art. 2 de la Ley 22.427, sobre la DEUDA-VALUACIÓN FISCAL Y BASE IMPONIBLE correspondiente al año 2011 sobre el inmueble inscripto en vuestra repartición bajo el número de cuenta: N° 0000367-0113 que corresponde a la Matrícula 22-776-184.-
La martillero designada en autos, NN y/o quien autorice se encuentran facultados para diligenciar el presente.
Se deja expresa constancia que el presente pedido de informe se solicita de acuerdo a lo previsto en la Ley 7191 y a los fines de la Subasta del referido inmueble.-
Sin más saluda ATTE.-
...…..............................
Firma y sello del Martillero

CONSTANCIA SOBRE LA CONDICIÓN CATASTRAL DE LOS INMUEBLES PARA SUBASTA JUDICIAL.
INFORME N°: ….........
DEPARTAMENTO: Capital LOCALIDAD: Córdoba
MANZANA: 157 LOTE:120 BARRIO: Colón SUPERFICIE 798m2
MEDIDAS Y COLINDANCIAS: UN LOTE DE TERRENO baldío que mide y linda: 21mts. de frente por 38mts. de fondo. Lindando al N-O calle pública, al N-E con calle pública, al Sud con lote 92 y parte del lote 96 y al Oeste con lote 121.
MATRÍCULA: 22-776-184
AUTOS: “JAVIER GARCÍA C/ JULIO LÓPEZ-EJECUTIVO”
JUZGADO: Civ. y Com. N° 14 Secretaría N° 7
NOMENCLATURA CATASTRAL (Urbana): 22-1-A-184-2B
NOMENCLATURA CATASTRAL (Rural): HOJA: ….................. PARCELA: …...............
NÚMERO DE CUENTA: 367-01
Lugar y Fecha: Córdoba, 20 de noviembre de 2011
…......................................
Firma y sello del martillero.

- Comunicación al Juez:
Doy cuenta fecha de subasta
Señor Juez Nacional:
NN, martillero público, con domicilio legal en la calle Belisario Roldán Nº 740, designado en los autos caratulados “JAVIER GARCÍA C/ JULIO LÓPEZ”, a V.S. digo: Que atento al tiempo necesario para los actos preparatorios para cumplimentar la subasta ordenada a f. 145, solicito, salvo mejor opinión de V.S., que ella se realice el día 30 del corriente a
la hora 10:30, en el salón de ventas, sitio en la calle Almirante Brown Nº 360, para lo que solicito judicial aprobación.
Proveer de conformidad
SERÁ JUSTICIA
(Firma del martillero)
(Sello aclaratorio de firma)

-Oficio de Constatación
Córdoba, 19 de noviembre de 2011
Señor
OFICIAL DE JUSTICIA
S.............../.................D
En los autos caratulados: “JAVIER GARCÍA C/ JULIO LÓPEZ-EJECUTIVO” que se tramitan por ante este Juzgado Civil N° 14 Nom. Civ. y Com. Secretaría N° 7 a cargo de la autorizante, se ha resuelto dirigir a Ud. el presente a fin de que tan luego de recibido y previas las formalidades de Ley, proceda a realizar la CONSTATACIÓN del inmueble que más abajo se describe.- Debiendo constatar: ..B) Cuando efectúe constataciones en inmuebles a los fines de la subasta, deberá identificar número, calle, y barrio en el que está situado y si aquellos primeros no existieran, todos los datos que permitan facilitar su ubicación describiéndose en lo posible las condiciones del terreno, si está cercado o tapiado, medidas aproximadas.- Si hubiera edificación, características generales de ésta, número de dependencias, y en particular estado de paredes, revoques, pisos, techos, accesorios, etc. Deberá asimismo informar si en el lugar en que se efectúa la constatación o en la zona existen los servicios de luz eléctrica, agua corriente, gas, cloacas y si la calle de ingreso al inmueble está pavimentada o no. - B-bis) El Oficial de Justicia deberá individualizar a quienes ocupan el inmueble y en qué carácter lo hacen.- Asimismo consignará nombre y domicilio del propietario.- Si fueran inquilinos, si tienen contrato o no de locación, vencimiento del mismo y precio de la locación.- C) Las actas que levante el Oficial de Justicia con todos estos datos y lo que ya establece la ley de forma, serán mecanografiadas posteriormente por el actuante y firmadas por él con copia del original, al cuál se agregarán formando parte del mandamiento diligenciado.. (Acordada N° 5, Serie B)
El inmueble que deberá constatar es el siguiente, a saber: Una fracción de terreno ubicado en Eduardo Elordi N°738, provincia de Córdoba, ciudad Córdoba Capital, y que de acuerdo a plano y planilla respectivas se designa como Lote 120 que mide: 21 mts de frente por 38 mts de fondo, SUPERFICIE TOTAL DE 798 m2 Lindando al N-O calle pública, al N-E con calle pública, al Sud con lote 92 y parte del lote 96 y al Oeste con lote 121. Inscripto a la Matrícula 22-776-184.
El Señor Oficial de Justicia se encuentra facultado para allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser menester.- Asimismo deberá hacer saber a los ocupantes del inmueble que la presente medida es previa a al subasta del inmueble.-
La martillero designada en autos NN, M.P. 01-234 y/o quien ella designe se encuentra facultado para diligenciar el presente.-
DIOS GUARDE A UD.

- Solicitud de turno para subasta:
Córdoba, 18 de noviembre de 2011.
Al Sr. Jefe de la Oficina de Subastas Judiciales.
Dr. Juan Alberto Pazos
S …................ / ….................... D:
Tengo el agrado de dirigirme a usted en los autos “JAVIER GARCÍA C/ JULIO LÓPEZ-EJECUTIVO” Expediente N° 7232/01, que tramitan ante éste juzgado Nacional en lo Civil N° 14 a cargo de la doctora María Ester Oyola, secretaría única, a mi cargo, solicitándole, conforme lo que prescribe el art. 3 del Reglamento para el funcionamiento de la Oficina de Subastas Judiciales, la asignación de turno para la realización del remate ordenado en estos autos respecto al inmueble ubicado en la calle Eduardo Elordi N° 738 de la localidad de Córdoba Capital, Pcia. de Córdoba.
La subasta se llevará a cabo por intermedio de la martillero Sra. NN, quien está autorizado para el diligenciamiento del presente.
Dejo constancia que en estos autos se cumplieron los requisitos procesales necesarios que
permitirán expedir los edictos sin más trámite.
Como recaudo transcribo el auto que ordena el presente que dice así “Córdoba, 18 de noviembre de 2011. .................................. (Fdo.)..................................Juez.”
Saludo a Ud. muy atentamente.

CORRECCIÓN:
Edicto incumple art. 575, C.P.C., inc. 3 (matrícula y domicilio del martillero) e inc. 6 (monto mínimo de los incrementos).
Puntaje obtenido: 26 pts.


Actividad 2 (20 pts)

Enviados los correspondientes oficios, se presentan por ante el pleito liquidaciones de deudas de Municipalidad de Córdoba y Rentas de la Provincia de Córdoba, las que ascienden a las sumas de $ 13.485,30 y 11.435,04, respectivamente, de las que se corre vista al ejecutante y ejecutado. Contestada la vista, el ejecutante se opone, considerando que el monto de la liquidación resulta irrisorio, incluyéndose además períodos supuestamente –según su opinión– prescriptos.
Analice en forma fundada qué procedimiento deben seguir dichos acreedores privilegiados para hacer valer su acreencia frente a la ejecución del bien asiento del privilegio.
“Los acreedores a quienes las leyes de fondo acuerden privilegio sobre ciertos bienes, pueden exonerarse de la fianza acreditando su calidad de tales respecto de la persona contra quien se pida el embargo y justificando, además, que los bienes de que se trata están afectados al privilegio.” (Art. 470, Código Procesal Civil y Comercial de Córdoba)
Los acreedores privilegiados deben interponer tercería de mejor derecho, mediante la cual alega tener un derecho preferente de pago rente al que aducen los litigantes (ejecutante y ejecutado). Su pretensión está dirigida a que con el producido de la venta del bien subastado se le pague antes que al embargante.
En caso de haberse deducido tercería de mejor derecho, luego de pagados los gastos de justicia con preferencia sobre el crédito de terceristas se reservará el importe de este último con más sus accesorios hasta la resolución de la tercería (reserva para terceristas), y se aplicará el resto al pago de quien corresponda (art. 593)

CORRECCIÓN:
Los acreedores fiscales deben plantear tercería de mejor derecho dentro de los diez días de notificados. Ver art. 592, C.P.C.
Puntaje obtenido: 10 pts.


Actividad 3 (50 pts.)

Continuando con el trámite de la subasta, el bien inmueble resulta subastado en $ 120.000, siendo adjudicado al Sr. Juan Manuel González, quien expresa que compra en comisión, a nombre del Sr. Edmundo Gabriel Sánchez.
Explique en forma fundada los pasos a seguir, según se produzca cada una de las siguientes situaciones:
1) El Sr. Edmundo Gabriel Sánchez no ratifica la compra a su nombre.
2) El adjudicatario del bien subastado no deposita el saldo del precio en el plazo que el Tribunal fija en la resolución que aprueba la subasta.
3) Se suspende la subasta por falta de postores.
4) Realizada la liquidación definitiva, la misma asciende a $ 146.730, y el saldo de la subasta, deducidos todos los gastos, es de $ 99.413,52; por lo que el abogado del ejecutante comparece y solicita orden de pago por el monto de la referencia, debiendo imputarse el mismo por $ 30.000 a honorarios, $ 5.413 a gastos, $ 55.513,25 a intereses y $ 8.487,27 en concepto de capital. Teniendo en cuenta la actividad 2 de la presente evaluación, analice de manera fundada si corresponde entregar la totalidad de los fondos al ejecutante
5) El ejecutado consigna el día de la audiencia, la totalidad del monto de la liquidación practicada en el expediente, con más los gastos y honorarios de la subasta.

1) Cuando se realizan compra en comisión, el comitente, en este caso el Sr. Edmundo Gabriel Sanchez, deberá ratificar la compra y constituir domicilio en un plazo de cinco días posteriores al de la subasta. Vencido este plazo se tendrá al comisionado, el Sr. Juan Manuel González como adjudicatario definitivo. Así lo establece el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba en su Artículo 586.
2) Si el adjudicatario del bien subastado no deposita el saldo del precio en el plazo que el Tribunal fija en la resolución que aprueba la subasta la venta quedará sin efecto. Llegado el caso, se procederá nuevamente al remate en la forma establecida y el adjudicatario será responsable, por la vía ejecutiva, de la disminución que resutare en el precio obtenido así como los intereses acrecidos y de las costas causadas con ese motivo, previa liquidación aprobada (Art. 585).
3) Si la subasta se suspende por falta de postores, el actor y el ejecutado podrán pedir que se realice nuevamente sin base. Para esto tendrán un plazo de cinco días. Si no se hiciera uso de esta facultad en dicho plazo, el actor podrá optar por que se le adjudiquen los bienes por el valor de base (Art.584).
4) Correspondería en este caso entregar al ejecutante orden de pago por $74.493,18 dado que debe tenerse en cuenta la reserva para terceristas (Actividad 2) que alcanza la suma de $24.920,18 ($13.485,30 correspondientes a la Municipalidad de Córdoba y $11.435,04 a Rentas de la Provincia de Córdoba).
5) “Las costas causadas para la defensa del ejecutado no podrán ser pagadas con el producido de la ejecución antes de cubrirse totalmente los créditos preferentes y la liquidación
definitiva del ejecutante” (Art. 596).

CORRECCIÓN:
1) Situación 4. No puede entregarse la totalidad de los fondos al ejecutante, ya que debe dejarse reservado lo suficiente para cubrir la tercería de la actividad 2, para el caso que las mismas resulten favorables a los terceristas. Ver arts. 593 y 594, C.P.C.
2) Situación 5. En tal caso debe suspenderse la subasta. Ver art. 582, C.P.C.
Puntaje obtenido: 36 pts.


NOTA: 7
Puntaje obtenido: 72 pts.

Universidad de Blas Pascal
kiaruma Ingresante Creado: 23/10/13
Hola chicos por favor necesito que me ayuden con este parcial de d. comercial que estoy super complicada no entiendo muy bien... Gracias.
Actividad 1 (25 puntos):
Para resolver esta actividad usted deberá haber estudiado los módulos 1, 2 y 3.
1.1. Marque, según lo estudiado, la respuesta correcta:
Las operaciones de corretaje son:
a) Aquellas que facilitan las apuestas.
b) Aquellas en las que interviene un sujeto y mediante una subasta pública adjudica un bien al mejor postor.
c) Aquellas mediante las cuales una persona se interpone entre la oferta y la demanda para facilitar la contratación.
1.2. Resuelva la siguiente situación problemática:
Roberto Perfumo dio mandato a Hernán Aguirre, para que en su nombre y por su cuenta realizara distintos actos comerciales que le fueron encargados, comprometiéndose el primero a proveer los fondos suficientes para ello. A los dos meses de comenzada la gestión, el mandante deja de proveer los fondos prometidos, por lo que el mandatario Aguirre, decide renunciar al mandato, comunicando dicha circunstancia en forma fehaciente. Luego de ello el mandante, Sr. Perfumo demanda por daños y perjuicios al mandatario en razón de la renuncia intempestiva que este efectuara y los daños que ello le provocara. Indique si esta postura es o no correcta, dando el fundamento legal de la respuesta.
Actividad 2 (25 puntos):
Para resolver esta actividad usted deberá haber estudiado los módulos 4, 5 y 6.
2.1. Enumere cinco elementos inmateriales del fondo de comercio.
a. _____________________________
b. _____________________________
c. _____________________________
d. _____________________________
e. _____________________________
2.2. Ordene cronológicamente los pasos del procedimiento de transferencia de fondo de comercio, colocándole un número a cada uno en la columna "Orden". Asimismo, en la columna “Plazo” indique sus respectivos plazos (5, 10 o 20 días).
Orden
Paso
Plazo
Depósito y embargo
Nómina de acreedores
Oposición
Instrumentación contrato
Inscripción Registro Público de Comercio
Edictos

2.3. Indique la respuesta correcta:
2.3.1. El precio en el procedimiento de transferencia de fondo de comercio:
a) Es un libre acuerdo de partes.
b) Es un libre acuerdo de partes con una limitación legal.
c) Es impuesto por la ley.
2.3.2. El acreedor de una persona que transfiere su fondo de comercio y no presenta su oposición en tiempo oportuno, conforme lo establece la ley 11.867:
a) Se extingue su crédito
b) Puede cobrar su crédito al vendedor como al comprador.
c) Puede cobrar su crédito solamente al vendedor.
Actividad 3 (25 puntos)
Para resolver esta actividad usted deberá haber estudiado los módulos 7, 8 y 9.
3.1. Resuelva el siguiente caso práctico:
Un acreedor particular de Juan intenta trabar embargo sobre bienes muebles que se encuentran en el domicilio de éste, por haberlo así ordenado el tribunal que entiende en dicha causa. Al diligenciarse la medida, Juan le indica a su acreedor y al Oficial de Justicia que, respecto de una computadora que tiene en su poder y se encuentra en su domicilio, el embargo no podrá efectivizarse porque la cosa no es suya, y la tiene en carácter de acreedor prendario de otra persona, sin indicarle nada mas. Pese a la advertencia verbal de Juan, su acreedor hace caso omiso, aduciendo que la ley lo faculta a diligenciar la medida cautelar ordenada, y traba efectivamente el embargo. Deberá usted indicar respecto del bien prendado, si el embargo estuvo bien efectivizado y si la postura del acreedor de Juan es conforme a derecho, fundamentando su respuesta.
3.2. Resuelva el siguiente caso práctico:
Alejandro Rocha, empleado estatal, presta a Enrique Loza, propietario de un negocio dedicado a la compra y venta de artículos del hogar, la suma de pesos Cinco mil quinientos ($ 5.500), para que éste la devuelva en el plazo de sesenta días de celebrado el contrato, sin cobrarle interés alguno. Deberá Ud. indicar qué contrato han celebrado las partes, si el mismo es de carácter civil o comercial, y cuál es la ley aplicable en caso de controversia. Debe fundamentar su respuesta.
3.3. Marque la respuesta correcta:
El fiador de una fianza comercial responde:
a) Solidariamente con el deudor principal sin tener legalmente ningún beneficio.
b) Solidariamente con el deudor principal teniendo legalmente el beneficio de excusión.
c) Solidariamente cuando sea interpelado judicialmente por el acreedor.
d) Solidariamente con el deudor principal teniendo legalmente el beneficio de dividir la deuda con los demás fiadores.
Actividad 4 (25 puntos)
Para resolver esta actividad usted deberá haber estudiado los módulos 10, 11 y 12.
4.1. Marque la respuesta correcta:
4.1.1. Como consecuencia de la apertura del Concurso Preventivo, están prohibidos:
a) Los actos a titulo gratuito
b) Los actos relacionados con bienes registrables
c) Los actos de disposición del fondo de comercio
d) La emisión de obligaciones negociables
4.1.2. No podrán presentarse a solicitar su concurso preventivo:
a) Los comerciantes no matriculados en el Registro Público de Comercio
b) Las mujeres casadas sin autorización marital
c) Las entidades aseguradoras
d) Todas las respuestas anteriores son correctas
4.1.3. En la quiebra:
a) El deudor conserva la administración de su patrimonio bajo la vigilancia del síndico
b) El deudor administra su patrimonio junto a un coadministrador designado por el juez
c) El fallido queda desapoderado de pleno derecho de sus bienes
d) El juez administra el patrimonio del fallido
e) El síndico tiene la administración de los bienes del fallido
f) Las respuestas c) y e) son correctas.

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yesis_80 Premium II Creado: 21/06/14
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