UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEL SISTEMA FINANCIERO
Decreto N° 1262/03
Bs. As., 7/1/2004
La UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEL SISTEMA FINANCIERO - Decreto N° 1262/2003, ha decidido por unanimidad adoptar la siguiente:
RESOLUCION N° 002
ARTICULO 1° — Autorizar al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a modificar las condiciones de amortización de las asistencias establecidas en el inciso b) del artículo 9° del Decreto N° 739/03, adeudadas por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA de conformidad con el cronograma de cancelación presentado ante el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, del que da cuenta la nota de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias N° 106 del 30 de diciembre de 2003.
ARTICULO 2° — Establecer que la cantidad de cuotas resultantes del cronograma de cancelación referido en el artículo anterior podrá ser reducida como resultado de la revisión y conformidad dispuesta en el punto 1.2.4. de la Comunicación A "3941" del 30 de abril de 2003 del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
ARTICULO 3° — Notifíquese a la entidad solicitante y al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a través de la Secretaría Técnico-Administrativa, publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial y archívese. — Firmado: Dr. D. ROBERTO LAVAGNA, presidente, y Dr. D. JORGE LEONARDO MADCUR, en representación del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Lic. D. ALFONSO DE PRAT-GAY, Lic. D. Pedro LACOSTE y Dr. D. MARCELO EUGENIO GRIFFI, en representación del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y Cdor. D. MIGUEL MARZULLO, Secretaría Técnico-Administrativa.
e. 15/1 N° 437.145 v. 15/1/2004