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UNIDAD ESPECIAL





UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACION

Decreto 430/2001

Encomiéndase al Secretario de Justicia y Asuntos Legislativos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos las tareas de coordinación previstas en el Decreto Nº 846/2000. Desígnase Secretaría Ejecutiva de la citada Unidad. Modificación del Decreto Nº 452/2000.

Bs. As., 17/4/2001

VISTO los Decretos Nros. 452/00 modificado por su similar 107/01, 846/00 y 960/00, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 452/00 modificado por su similar Nº 107/01 se creó la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACION del atentado terrorista perpetrado contra la sede de la ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA (AMIA).

Que, oportunamente, por el Decreto Nº 960/00, se encomendó a la entonces Secretaria de Asuntos Políticos del MINISTERIO DEL INTERIOR, la coordinación de todas las acciones de competencia de la Administración Nacional relacionadas con la investigación de dicho atentado, en los términos del Decreto Nº 846/00.

Que en esta instancia, resulta prudente introducir las modificaciones normativas necesarias a fin de agilizar las acciones pertinentes, como asimismo, designar a los nuevos funcionarios que continuarán desarrollando las tareas de que se trata.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º
— Sustitúyese el artículo 1º del Decreto Nº 452/00, modificado por su similar Nº 107/01, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 1º. — Créase la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACION del atentado terrorista perpetrado el 18 de julio de 1994 contra la ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA (AMIA), que estará integrada por los responsables del Departamento Unidad de Investigaciones Antiterroristas de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA; la Dirección de Terrorismo Internacional y Delitos Trasnacionales de la SECRETARIA DE INTELIGENCIA DE ESTADO de la PRESIDENCIA DE LA NACION; la División Antiterrorista de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA; la División Coordinación de Actividades Antiterroristas de la DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA NACIONAL; el Departamento de Inteligencia de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL; la OFICINA ANTICORRUPCION dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y por un Secretario Ejecutivo, la que tendrá la tarea de apoyo directo a la coordinación de la labor de los demás organismos y dependencias que la integran asignada a la SECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. La Secretaría Ejecutiva arbitrará con las autoridades de las instituciones y organismos mencionados utsupra los recaudos necesarios para lograr el eficaz desempeño de la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACION."

Art. 2º — Encomiéndase al Secretario de Justicia y Asuntos Legislativos del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Doctor D. Melchor René CRUCHAGA (M.I. Nº 5.173.290), las tareas de coordinación previstas en el Decreto Nº 846/00 y modificatorios.

Art. 3º
— Desígnase a la Doctora Nilda Celia GARRE (M.I. Nº 5.216.622) como Secretaria Ejecutiva de la Unidad Especial de Investigación creada por el Decreto Nº 452/00, quien ejercerá las funciones que le sean encomendadas por el señor Secretario de Justicia y Asuntos Legislativos del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en el marco de las tareas de coordinación previstas por el Decreto Nº 846/00 y modificatorios.

Art. 4º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Ramón B. Mestre. — Jorge E. De la Rúa.

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