Hola, Hace un tiempo encontre (y ahora no se donde) un fallo donde señalaba que para el estado no es valido el plazo de ocho dias desde la publicación para la entrada en vigor de una ley por cuanto el emisor no puede ignorar el contenido hasta la publicación. El tema es que ahora lo necesito para Civil y no se "quien contra el estado" pra buscarlo, Alguien lo tiene presente ?
Muchas gracias.
CSJN, 30/9/86, “Basigaluz Sáez, Laura E. c/Estado nacional (Ministerio de Educación y Justicia s/publicación de la ley”, SAIJ, sum, A0003087.
Tambien publicado en JA - 1988 - I - 573.
Luego lo busco y lo posteo.
Estamos como estamos porque somos como somos